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Enviado por Ayuntamiento el

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio declara la situación de ALERTA por riesgo meteorológico de incendios en la Comunidad Autónoma de Castilla y León los días 9, 10, 11 y 12 de agosto del presente año.
Las predicciones meteorológicas para los días 9, 10, 11 y 12 de agosto indican una continuación de las condiciones adversas, con temperaturas altas (30- 36ºC) y humedades relativas bajas (<15%) en la mayor parte de la comunidad, añadiendo una probabilidad de tormentas, que podrían ser secas y con fuertes vientos locales. Estas condiciones, sumadas a la situación de estrés hídrico de la vegetación después de varios días seguidos con meteorología adversa, aumenta considerablemente el peligro de incendios forestales. Existe una ampliación del Aviso especial AEMET por ola de calor hasta al menos el martes 12 de agosto.
Se establecen medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en Castilla y León, para ser aplicadas durante las situaciones de ALERTA por riesgo meteorológico de incendios, y que son las siguientes:
.- Prohibición de encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello. 
.- Prohibición del uso de barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas autorizadas.
Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado.
.- Prohibición de la introducción y uso de material pirotécnico y suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego.
.- Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 m que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc. Se exceptúa de esta prohibición el uso de maquinaria en actuaciones de emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de infraestructuras públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural, telecomunicaciones, etc. siempre y cuando éstas hayan sido comunicadas a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente y se realicen conforme a las medidas establecidas por éstos, o aquellas otras en que expresamente haya sido autorizado su uso o que resulten necesarias para la extinción del incendio. 

En el documento adjunto se encuentra la resolución completa.